Delitos informáticos comunes en Colombia
Artículo 269F. DAÑO INFORMÁTICO El artículo 269D del Código Penal español se refiere al delito de "daño informático". Según este artículo, comete este delito quien destruya, dañe, inutilice, altere o borre datos informáticos ajenos, programas informáticos o documentos electrónicos ajenos, siempre que dicha acción cause un perjuicio grave en el patrimonio de otra persona. El castigo previsto para este delito es de prisión de seis meses a tres años, así como multa de seis meses a doce meses. Es importante destacar que este delito se considera agravado cuando se produce una interrupción o grave perturbación de los servicios públicos esenciales, en cuyo caso la pena puede ser elevada hasta los cinco años de prisión y una multa de doce a veinticuatro meses. Hackers bloquearon la página web del partido conservador, los hackers reemplazaron varios contenidos del portal, como los perfiles de los congresistas, eliminaron el contenido total de la biblioteca virtual y hasta emitieron ...